En este Tribunal consecuencia declara: CON LUGAR lo solicitado por la Defensa Privada y en consecuencia practica del computo de la sancion impuestas al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) del cual se deduce que el sancionado , en el cumplimiento de la sanción de Reglas de conducta, consistente en recibir orientación en los Departamentos Sociales y Psicológicos del CAC de Porlamar, cumplió en Psicología: con SIETE (07) presentaciones que equivalen a TRES (03) MESES y QUINCE (15) DIAS, faltándole por cumplir con DOS (02) MESES Y QUINCE (15) DIAS, cumplió en Trabajo Social: con CINCO (05) presentaciones que equivalen a DOS (02) MESES y QUINCE (15) DIAS, faltándole por cumplir TRES (03) MESES Y QUINCE (15) DIAS. En cuanto a la obligación de estudiar, se evidencia que el mismo ha dado cumplimiento a la obligación, la cual fue impuesta por el lapso de seis (06) meses, por lo cual se declara el cumplimiento de la misma. Y en relación a la obligación de no salir del estado ni del país sin la de.....