Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos DANIEL MARINO VELASQUEZ MARIN y LILIANA JOSEFINA LUNA de VELASQUEZ, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha tres (03) de noviembre de 1989 por ante Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, inserta bajo el Nº 391 de los libros llevados por ese Despacho en el año 1989...