DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA REVOCATORIA DEL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado DANIEL GABRIEL MARIN VIVAS, Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 24 años de edad, de estado Civil Soltero, de Profesión u oficio Obrero, hijo de Daniel Marin y Nayda Vivas, Titular de la Cédula de Identidad No. 14.006.329 residenciado en Barrio Los Claveles, Calle 96F, Casa Np 96-50, Callejón Los Lirios, Maracaibo Estado Zulia, en consecuencia se ORDENA LA APREHENSIÓN E INGRESO A LA CÁRCEL NACIONAL DE MARACAIBO, del referido penado, a través de los Cuerpo Policiales del Estado, una vez capturado recluirlo inmediatamente en la Cárcel Nacional de Maracaibo, a la orden de este Tribunal.....