PARTE DISPOSITIVA
por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales interpuesto por la ciudadana ASTENIA MARGARITA EREN contra la Empresa EL LEON DE JUDA.
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, por la cantidad de UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE BOLIVARES CON
TREINTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 1.493.159,36), arrojada por el calculo efectuado y revisado por la Sentenciadora.
TERCERO: Se ordena indexar la suma condenada por la ciudadana ASTENIA MARGARITA EREN, por la cantidad de UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MI.....