III.- DISPOSITIVO.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil Venezolano y acogiéndonos al criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia 693-15 de fecha Dos (02) de Junio del año Dos Mil Quince (2015), propuesta por los ciudadanos CARLOS ERNESTO HERAZO HERAZO Y MAURA GARCIA GOMEZ, extranjero el primer nombrado y venezolana la segunda nombrada, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. E- 83.231.220 y V-7.686.993, respectivamente, domiciliados en la Parroquia Bartolomé de las Casas, municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que ellos con.....