Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
1. SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el Ordinal 1º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la litispendencia, propuesta por la parte demandada, ciudadano JOSE GREGORIO MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 720.582 y de este domicilio; en el juicio de NULIDAD DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, seguido en su contra por el ciudadano ALONSO ALBERTO BARBOZA GONZALEZ.
2. SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada, por haber sido vencida en la incidencia de cuestiones previas, de conformidad con el artículo 357 en concordancia con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.