Por los fundamentos antes expuestos esta Sala No. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho MIGUEL FERNÁNDEZ PÉREZ, CARLOS JAVIER CHOURIO y TEOFILO SEGUNDO BRAVO OSTOS, actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Cuadragésimo Quinto del Ministerio Público con Competencia de Protección de Derechos Fundamentales y Fiscales Undécimos del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, respectivamente, contra la sentencia No. 044-11, de fecha 03 de junio de 2011, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual el Tribunal de Instancia declaró con lugar la solicitud interpuesta por el defensor privado, y en consecuencia la prescripción de la acción pena.....