Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia por Autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada sociedad mercantil MULTITIENDA FAMICENTRO C.A., a través de su apoderada judicial, abogada en ejercicio LIRIS SOTO DE MONTAÑA, en contra de la decisión dictada en fecha 21 de septiembre de 2011, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; 2) SE REPONE LA CAUSA al estado de que el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, fije día y hora (con suficiente antelación, pero que no exceda de diez (10) días hábiles) para la celebración de la primigenia audiencia preliminar.-