es por lo que este JUZGADO DÉCIMO EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Acuerda librar la Orden de Aprehensión en contra del ciudadano LUIS ADOLFO RODRIGUEZ ESPLUGA, Venezolano, de esta ciudad, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.257.381, de estado civil casado, de oficio chofer, fecha de nacimiento 17-07-1.973, hijo de Reinerio Rodríguez y Juana Espulga, residenciado: Urbanización Aurora, calle B-10, frente al Colegio Villa del Rosario de la Ciudad de Villa del Rosario, Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia y ordena oficiar nuevamente al Comisario Jefe del Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas en la oportunidad de solicitarle gire las instrucciones pertinentes para que sea haga efectiva la localización, aprehensión del imputado (y notificación inmediata al Fiscal del Ministerio Publico), y posterior traslado a la Autoridad Judicial, dentro de .....