Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARTHA CECILIA MEDINA DE DUARTE en contra de la Sociedad Mercantil INMOBILI, C.A., ambas partes identificadas en la parte narrativa de esta sentencia, y por vía de consecuencia ORDENA a la demandada a hacer entrega a la actora de los inmuebles tambièn identificados en la expositiva de este fallo, motivo por el cual queda CONFIRMADA la sentencia pronunciada por la primera instancia.
Se condena a la parte demandada al pago de las costas procesales, por haber sido vencida totalmente, conforme a lo previsto en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.