declara:
a) EXTINGUIDA LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en la presente PENSION ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana LUZ MARGARITA ARRIETA, en contra del ciudadano ANGEL SEGUNDO MACHADO ARRIETA, a favor de los adolescentes NEYVELIN COROMOTO y NEYMALID CHIQUINQ UIRA MACHADO ALARCON, ya identificados, por muerte del obligado alimentario el ciudadano ANGEL SEGUNDO MACHADO ARRIETA;
b) SUSPENDIDA las medidas de embargo decretadas por este Tribunal en fecha 15 de octubre de 2002, y ejecutadas por el Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fechas 09 de noviembre de 2005.
c) ORDENAR el archivo del expediente.