en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, al DESISTIMIENTO realizado por la abogada YSDEMAR YOLANDA FRONTADO MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-12.676.807, quien actúa en su propio nombre y representación. SEGUNDO: Téngase dicha Homologación como Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada.- Se da por terminado el presente procedimiento.-