Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda OTORGAR EL BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO a la penada NELLY DEL CARMEN POZO, venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.767.520, hija de Jose Tinedo y Blanca Pozo con domicilio en Haticos por arriba calle 111C, casa 19ª-161 Maracaibo Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, Regístrese la presente Decisión; notifíquese a la Fiscal 27° del Ministerio Público, y a la Defensa Pública, a través del Departamento de Alguacilazgo, ofíciese al Centro de Tratamiento Comunitario Lic. Alexandra Elia de Molina y a la Cárcel Nacional de Maracaib.....