Que la demanda de Cumplimiento de Contrato presentada por la ciudadana JULIE DEL VALLE GONZALEZ ZABALA incoada contra la ciudadana JUANA MILEDIS MARCANO DE ORTEGA, previo estudio y comprobación de cumplir con los extremos exigidos por el Artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, este Despacho declara a la demanda CON LUGAR.
Por cuanto que comprobada la Confesión Ficta, SE CONDENA a la parte demandada, en hacer entrega y poner en posesión pacífica y legítima a la parate actora del inmueble debidamente identificado.