Esta juzgadora considera oportuno dejar sin efecto y revocar por ser contraria a derecho la certificación efectuada por la Secretaria ARIANNY MALAVER, inserta al folio 25 de este expediente. Igualmente, se deja constancia que todas las demás actuaciones del presente expediente conservarán plena validez, salvo las que son objeto de la presente reposición, ello de conformidad con el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Siendo el Juez rector del proceso, tal como se establece en el artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 23 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, procurando, evitando o corrigiendo las faltas que puedan anular cualquier acto procesal, en aras de la tutela judicial efectiva y de la más idónea administración de justicia, procurando la estabilidad o equilibrio procesal, este Juzgado considera necesario reponer la ca.....