Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, de la presente OFERTA REAL DE PAGO consignada por el abogado en ejercicio AURELIO CRISAFULLI TRIMARCHI, titular de la cédula de identidad Nº V-8.343.913, Apoderado Judicial de la entidad de trabajo "SUPERMERCADOS UNICASA C.A.," con motivo de la oferta real de pago presentada a favor del ciudadano EDUARDO GREGORIO RAMOS MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-25.252.395, Signada con el Nº OP02-S-2017-000034, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte oferente, entidad de trabajo "SUPERMERCADOS UNICASA C.A.," a los fines que tenga conocimiento de la presente d.....