a tenor de lo dispuesto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, declara en estado de ejecución la sentencia de divorcio dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha veintiuno (21) de junio de dos mil diecisiete (2017), misma que declara el divorcio y disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos MARÍA LAURA RAMOS DELGADO y LIAM ENRIQUE FUENMAYOR LABARCA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 18.216.212 y 15.849.941, respectivamente.