En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Titulo Suficiente para asegurar sus condiciones como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus LUISA BELTRANA DIAZ, a los ciudadanos RAFAEL GARCIA SERRET, RAFAEL JESUS GARCIA DIAZ Y PAOLA CRISTINA GARCIA DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-4.11.361.377 V-20..326.141 y V-24.110.371 respectivamente, y de este domicilio; en sus condiciones de conyugue e hijos de la finada ante mencionada