Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, KEYDA COROMOTO GONZALEZ VILLALOBOS y LUIS ANTONIO GONZALEZ, el 22 de Noviembre de 1986, por ante el Prefecto y Secretario del antes Municipio Cacique Mara, ahora Registro Civil de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 1.112, acompañada a los autos en copia certificada, y cuyo último domicilio conyugal estuvo en en la Urbanización Cumbres de Maracaibo, calle 85C, Residencias Villa Venecia, en el Municipio Maracaibo del estado Zulia.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por .....