DISPOSITIVO
Por los hechos y fundamentos legales antes explanados, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR, las acciones de Resolución de Contrato y Cobro de Bolívares, intentada por la ciudadana BETZABE OMAIRA MEDINA, en contra de la ciudadana IRAIDA SÁNCHEZ, ambas identificadas en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
1) Se declara resuelto de pleno derecho el Contrato de Arrendamiento autenticado ante la Notaria Pública Segunda del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha veintisiete (27) de enero de 2006, anotado con el numero 68 del Tomo 14 de los libros de autenticaciones, sobre un inmueble constituido por una casa, con el numero 98-05, ubicad.....