Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO COLON Y FRANCISCO JAVIER PULGAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1°.- LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el Juicio que por PRESTACIONES SOCIALES, han intentado los ciudadanos WILLIAM ANTONIO LAGUNA VERA, ESTEBAN CIRILO MORENO, JEILY HERNÁNDEZ Y LUIS FELIPE SOTO, contra de REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, a través del Ministerio de Transporte y Comunicación, ahora llamado MINISTERIO DE INFRAESRUCTURA ( MINFRA ), por inactividad de las partes durante un lapso superior al año previsto en el acápite del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
2°.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES, de conformidad con lo establecido en el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE, REGISTRESE. Déjese copia c.....