En este estado el tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente embargado ejecutivamente los bienes señalados descrito con anterioridad por la cantidad de MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES DE BOLIVARES ( Bs.1356.000.000,oo) a excepción de los bienes señalados y descritos en los numerales 8 y 9 respectivamente por cuanto a solicitud de los apoderados actores sobre ellos no recae la ejecución de la presente medida de embargo ejecutivo. Así mismo se procede a hacer entrega de los bienes legalmente embargados ejecutivamente en este acto al ciudadano RAFAEL GUTIERREZ ya identificado en representación de la Depositaria Judicial Maracaibo C.A ( DEJUMACA), como Depositaria Judicial en auto de fecha 28 de julio de 2.004, quien manifestó recibirlo conforme en las condiciones mencionadas. En este estado los apoderados actores ya identificados, exponen: Por cuanto el monto embargado ejecutivamente no cub.....