DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADO el convenimiento suscrito en actas en fecha Siete (07) de Julio del año dos mil veinticinco (2025), en el presente procedimiento de PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, seguido por la ciudadana MARÍA CONCEPCIÓN CEPEDA DE PÉREZ en contra del ciudadano NELSON PÉREZ SALAS, identificados en actas, y en consecuencia, da su aprobación al mismo, pasándolo en autoridad de COSA JUZGADA. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se ordena el archivo del presente expediente en la oportunidad legal correspondiente.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obedece a la propia voluntad de las partes.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, incluso en el.....