DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso interpuesto por la profesional del derecho MIRILENA DEL CARMEN ARIZA GONZÁLEZ, Defensora Pública Trigésima Séptima Penal Ordinaria del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, actuando como Defensora del ciudadano JACKSON ANTONIO PAZ, contra la decisión N° 442-15, dictada en fecha 09 de junio de 2015, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual ese tribunal ordenó decretar orden de aprehensión al ciudadano antes mencionado, toda vez que el mismo no ha comparecido a los llamados realizados por el Tribunal de Instancia, quedando el presente proceso suspendido hasta tanto sea efectiva la aprehensión del mencionado ciudadano, de .....