Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, NATALY GARCÍA FIGUEROA y ROBERTO CARLOS NAVA MORAN, venezolanos, mayores de edad, casados, comerciantes, titulares de las Cédulas de Identidad V-17.496.271 y V-16.280.315, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de San Carlos, Municipio Colón del Estado Zulia, en fecha catorce (14) de Diciembre del año Dos Mil Uno (2001), por ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente, de la Parroquia Jesús Maria Semprum, Casigua El Cubo, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 04, acompañada a los autos en copia certificada.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DÉJESE C.....