Por todos los fundamentos antes expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. AMPLIA hasta por un máximo de Quince (15) días adicionales el lapso para que el Fiscal del Ministerio Público, presente el acto conclusivo en la presente causa seguida en contra del ciudadano SANTO DOMINGO RUIZ ERAZO, de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, Expídase las copias solicitadas por las partes. Siendo las once y veinticinco minutos de la mañana, se suspende la presente audiencia por un lapso de treinta minutos, a los fines de levantar el acta en presencia de las partes siendo las once y cincuenta minutos de la mañana, se dio lectura al acta en presencia de las partes, con la cual quedan notificadas Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez.....