TERCERO: Ahora bien, visto el delito atribuido a los hoy imputados, como lo es LESIONES GENERICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en los artículos 413 y 424 del Código Penal con la agravante del artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, ciudadanos Xavier Alexander Mata Marín, Carlos Hernán Pino Alfonzo, Yamilet Del Valle Perales Marín y Victoria Dioselyn Mata Marín, habiendo solicitado el Fiscal del Ministerio Público, a lo cual se ha adherido la defensa en la audiencia efectuada, la aplicación de una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a favor de los ciudadanos, ya que con ello se pudieren ver aseguradas las resultas del presente proceso, este Tribunal así lo acuerda por ser procedente dicha solicitud, toda vez que los hoy imputados son naturales y residen en esta región insular, la pena que podría llegarse a imponer no excede de 10 años, no presentando los hoy imputados Antecedentes Penales o Registros Policial.....