Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA la admisión de la demanda de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, propuesta por la Sociedad Mercantil BANCO PROVINCIAL S.A BANCO UNIVERSAL en contra del ciudadano GUSTAVO ENRIQUE SALOM ARROYO, antes identificado.-