Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA N° 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Profesional del Derecho Hassna Abdelmajid Raidán, Defensora Pública Segunda adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, actuando con el carácter de defensora del imputado ELIAS HUMBERTO ARAUJO, en contra la decisión dictada en fecha 27 de Marzo de 2007, por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control, Municipio Rosario de Perijá del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual fue acordada la medida de privación judicial preventiva de libertad, en contra del imputado antes identificado, de conformidad con lo previsto en los numerales 1°, 2° y 3° del artículo 250 en concordancia con el artículo 251 numeral 2° todos del Código Orgánico Procesal Penal y a quien se le atribuye la pres.....