PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano WILLIAM ANTONIO URDANETA VILLASMIL en contra de la Empresa CONSORCIO ARPIGRA-COMBEL, por motivo de cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se ordena a la Empresa demandada, pagar al ciudadano WILLIAM ANTONIO URDANETA VILLASMIL la cantidad de CATORCE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y TRES BOLÍVARES CON NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 14.291.193,97), por concepto de cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros derechos laborales, en base a los conceptos discriminados en la motiva de la presente sentencia y que se dan aquí por reproducidos.
TERCERO: Se ord.....