Vista la anterior diligencia de fecha 10 de mayo de 2006, presentada por el ciudadano RAUL MORILLO MEZA asistido por el abogado en ejercicio Jairo Delgado, mediante el cual Desiste del procedimiento y de la acción, en consecuencia este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Por lo que este tribunal siguiendo la sentencia anteriormente señalada niega la solicitud de DESISITIMIENTO DE LA ACCIÓN.