DECISIÓN.
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS, la acción que por COBRO DE BOLIVARES que han intentado el ciudadano RAHIM JORGE ABDUL KARACHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.938.877, y de este domicilio, contra los ciudadanos SONIA GABRIELA MALDONADO TORREALBA Y JORGE ELIECER MENDOZA MALDONADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.443.380 y V-29.737.167, respectivamente, y de este domicilio.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en .....