En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCION realizada en fecha 08-04-2008 por la Dra. CARMEN VERDE ALDANA, en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos ANIBAL RAFAEL ROJAS LAREZ y ANA VICTORIA FRANCO DE ROJAS CARMEN VERDE ALDANA, Parte demandante y BOGDAN BIALIOUK, debidamente asistido por la Dra. ANA MARIA QUINTEIRO BRANZUEL, Parte demandada.- SEGUNDO: Téngase dicha Homologación como Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, se ordena dejar la causa abierta hasta tanto el demandado cumpla con lo convenido en la transacción. TERCERO: Se ordena oficiar al Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial, a los fines de que se abstenga de ejecutar la medida preventiva de secuestro que le fuera ordenada según Oficio N° 08-124, de fecha 17-03-08.- CUARTO: Vista la solicitud formulada por la.....