Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda OTORGAR PERMISO EXTRAORDINARIO a favor del penado ARNOLDIS RAFAEL MARQUEZ TAPIA quien es Colombiano, titular de la cedula de Identidad Nº C-73.432.579, hijo de Manuel Márquez y Noris Tapia, de oficio obrero, residenciado en la Finca El Páramo Sierra de Perijá Estado Zulia, con presentaciones diarias ante el Centro de Tratamiento Comunitario Dr. Manuel Matos Romero por el lapso de CINCO (05) DIAS contados a partir de la presente fecha, es decir desde el día 10ABR2007 hasta el día 14ABR2007, y debiéndose presentar ante este Tribunal los días 12ABR2007 y 13ABR2007, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en los artículos .....