Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección, de la Circunscripción del estado Lara, de conformidad con el artículo 177 parágrafo primero literal "j" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 185, ordinal segundo del Código Civil, y con fundamento con lo establecido en los artículos 188 y 189 del Código Civil y 762 del Código de Procedimiento Civil. Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de Separación de Cuerpos Contenciosa, intentada por la ciudadana JACSELINE SCARLETH CONTRERAS PEREZ, contra el ciudadano JAVIER ANTONIO LOBATON GARCIA, plenamente identificados. En consecuencia se DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS y BIENES de los ciudadanos JACSELINE SCARLETH CONTRERAS PEREZ y JAVIER ANTONIO LOBATON GARCIA, identificados en autos y se suspende la vida en común de los cónyuges y cada u.....