Por los fundamentos expuestas este JUZGADO CUARTO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRESCRITA LA PENA IMPUESTA al penado CARLOS ARTURO CHIRINOS CASTELLANO, Titular de la Cédula de Identidad N° 12.212.919 y DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con el numeral 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 112 Ordinal 1° del Código Penal Vigente, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 453 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIA SUERCEM DE ZAMBRANO. A tal efecto, se acuerda oficiar al ciudadano Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta ciudad, a los fines de que cese la localización y captura del mencionado penado, ordenada en fecha 01-02-2.005, según oficio N° 350-05; y el mismo sea e.....