Esta Sala Unica de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por el representante de la Defensa Pública del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Abogado Luis Beltrán Fuentes González, en fecha cuatro (4) de Diciembre del año dos mil dos (2002) fundamentado en el artículo 452 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión judicial (Sentencia) dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en fecha dieciocho (18) de Septiembre del año en curso (2002) por efectos de aplicación del Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, previsto en el artículo 376 ejusdem.