Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS propuesta por los
ciudadanos JESÚS EDUARDO VILLALOBOS y CARMEN ARELIS MENDOZA DE VILLALOBOS, y en consecuencia, DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL, contraído el día dieciséis (16) de julio del año mil novecientos setenta y siete (1977), por ante el Jefe Civil y Secretario la Jefatura Civil de la Parroquia Santa Lucía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 213.
Publíquese y Regístrese.