Por los fundamentos expuestos, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, JOSE RICARDO CASTELLANO PINEDA y MICHELE MARGUERITE DRIEUX, venezolano el primero y extranjera la segunda, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 3.297.517 y E-81.330.133, respectivamente, el veintitrés (23) de junio del año mil novecientos setenta y ocho (1978), en la Jefatura Civil de la Parroquia El Recreo, departamento (hoy Municipio) Libertador del Distrito Federal, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 91, acompañada a los autos en copia certificada.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3º y 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformida.....