En este estado el tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargado preventivamente los siguientes conceptos: PRIMERO: UN VEINTE POR CIENTO (20%) del SALARIO que devenga el ciudadano NEOMAR ARIAS FERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.840.561 como trabajador de la Institución Cuerpo de Bomberos del Municipio Miranda; SEGUNDO: UN VEINTE POR CIENTO (20%) de las PRESTACIONES SOCIALES, que le corresponden al ciudadano NEOMAR ARIAS FERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.840.561 por el servicio prestado en la referida Institución. TERCERO: UN VEINTE POR CIENTO (20%) de la cantidad que posea el demandado en la CAJA DE AHORROS, que pudiera existir para los empleados de dicha institución. CUARTO: UN VEINTE POR CIENTO (20%) de la cantidad que constituido en FIDEICOMISO E INTERESES DE FIDEICOMISO, con referida institución o dentro de la misma. QUINTA: UN VEINTE PO.....