Por todos los razonamientos anteriormente expuestos la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR PARCIALMENTE EL RECURSO DE APELACION interpuesto por el representante de la Defensa Pública Penal Quinto adscrito a la Unidad de Servicio Autónomo de Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Abogado Carlos Luis Moya Gómez, en fecha veintisiete (27) de Diciembre del año dos mil cuatro (2004) fundado en el artículo 447 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: MODIFICA LA DECISION JUDICIAL (AUTO) dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 3 del Circuito Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha veintidós (22) de Diciembre del año dos mil cuatro (2004) mediante la cual ordena la prosecución del Proceso Penal conforme el Procedimiento Ordinario, en l.....