Este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO interpuesta por los ciudadanos GABRIELA CAROLINA LAGUNA ROMERO y JUAN CARLOS LABARCA LOAIZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.862.019 y V-20.863.012, domiciliados en el Municipio San Francisco del estado Zulia, asistidos por el abogado en ejercicio JOSE LAGUNA, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 245.500, fundamentado en el DESAFECTO conforme a la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia número 1070 en fecha 09 de diciembre de 2016, con ponencia del Magistrado .....