En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara CONSUMADO EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia, en el presente RECURSO CONTENCIOSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO interpuesto por la Sociedad Mercantil CAMCO DE VENEZUELA C.A., en contra de la Resolución en la sección Nro. 5, de fecha 16 de Marzo de 1987, emanado de la antigua Cámara Municipal del Distrito Bolívar del Estado Zulia, relativo al pago de impuesto municipal de la empresa demandante CAMCO DE VENEZUELA C.A.
Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los .....