DISPOSITIVA
Este Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio Del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CULPABLE al acusado WLADIMIR ANTONIO LARREAL DELGADO, de nacionalidad Venezolano, Natural de Maracaibo, Estado Zulia, indocumentado, hijo de IVAN ANTONIO LARREAL y MIREYA DEL CARMEN DELGADO, de 33 años de edad, estado civil Soltero, de Profesión u Oficio Comerciante, domiciliado en el Barrio Teotiste de Gallegos avenida 8, No. 21-23, Municipio Maracaibo Estado Zulia, Tlf. 0426-3634729, por la comisión del delito de ROBO de VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ciudadano TEMILO ENRIQUE LARREAL DELGADO, en consecuencia lo CONDENA a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, así como las accesoria.....