DISPOSITIVO:
Por las razones antes expuestas este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la demanda que por Beneficio de Jubilación, intentó el ciudadano SILVIO ENRIQUE SANCHEZ QUEIPO, en contra de la Sociedad Mercantil C.A. ENERGÍA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (ENELVEN), (ambas partes suficientemente identificadas).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas procesales a la parte actora.
TERCERO: Notifíquese de esta decisión a la Procuraduría General de la República de conformidad con lo previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.