Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales, interpuesta por el ciudadano RUBEN DE JESÚS RAMONES contra la Sociedad Mercantil ALFARERIA MARA C.A.
SEGUNDO: Se condena a la demandada a cancelar intereses sobre prestaciones sociales, de conformidad con el Art. 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, cuando las prestaciones se encuentran en la contabilidad de la empresa, y durante la relación laboral.
TERCERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la jurisprudencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, se ordena el pago de los intereses de mora sobre la .....