Por todo lo antes expuesto, y con fundamento en los elementos de convicción presentados, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA con lugar el pedimento Fiscal, se decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano EFRAIN ANTONIO MOSQUERA HERNANDEZ, venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, fecha de nacimiento 10-10-75, de 31 años de edad, cédula N° 13.011.959, hijo de Pedro José Mosquera Suárez y de Olga Hernández Celis, casado, Funcionario Activo de la Policía del Estado Mérida y residenciado en el Moralito, Avenida 3, casa N° 3, Municipio Colón del Estado Zulia, por el delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio del adolescente YOHNANDER EFRAIN MARTINEZ FUENMAYOR, de conformidad con lo dispuesto en el .....