DISPOSITIVO
Por los hechos y fundamentos legales antes explanados, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR, la ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN HONORARIOS PROFESIONALES Y COSTOS JUDICIALES, intentada por los ciudadanos FANNY AUXILIADORA MENDOZA DE TERAN y OMAR TERÁN COLMENARES, en contra de la Junta de Condominio del Conjunto Residencial UCHIRE-CACHIRÍ, representada por su Administradora, ciudadana ARMINDA GARCIA DE GARCIA, todos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
1) Se ordena a la parte demandada pagar a la parte demandante, la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 3.575.000,00) por concepto de HONORARIOS PROF.....