Por los fundamentos expuestos este Tribunal Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y al nuevo criterio adoptado por el Tribunal Supremo de Justicia con respecto al contenido y alcance de la citada norma, formulada por los ciudadanos TEODULFO JOSE PAREDES SERRANO Y CARMEN ELENA MARIN DE PAREDES, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.811.290 y V-7.687.825, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio Maracaibo del estado Zulia. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 20 de Septiembre de 1997, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Andrés Bello del Municipio La C.....