por los fundamentos expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara:
Primero: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y al nuevo criterio adoptado por el Tribunal Supremo de Justicia con respecto a la pérdida del afecto marital dentro del matrimonio, formulada por el ciudadano JOSE GREGORIO MEDINA OCANDO venezolano, mayor de edad, casado, titular de las cédulas de identidad No. V-18.281.322, domiciliado en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra la ciudadana INDIRA JAVIELA PUERTA DELGADO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad V-20.690.384, domiciliada en el Municipio de Maracaibo del Estado Zulia, en consecuencia, se declara DISUEL.....